La sentencia es el último episodio de una saga legal que comenzó porque la aerolínea irlandesa de bajo coste empleaba a toda su tripulación paneuropea con contratos irlandeses o británicos, como forma de minimizar sus costes laborales. En 2011, su antigua tripulación radicada en Bélgica presentó una demanda contra Ryanair ante un tribunal local, alegando que debería haber sido contratada de conforme a la legislación belga.
En septiembre de 2017, el caso llegó ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, que dictaminó que las tripulaciones de Ryanair tienen derecho a llevar a su empleador ante los tribunales en el país en el que trabajan. Este fue un momento decisivo que permitió a los trabajadores y las trabajadoras llevar a los tribunales el modelo explotador de negocio que aplica esta aerolínea. Gracias en parte a ello, Ryanair se avino a reconocer a los sindicatos, en diciembre de ese año, por primera vez en su historia.
La sentencia de hoy reafirma que las tripulaciones de cabina deben estar sujetas a las normas laborales del país en el que están radicadas principalmente, sin importar la nacionalidad de su empleador o su horario de vuelos internacionales. Este punto es vital para garantizar que las tripulaciones no queden excluidas del trato equitativo a nivel nacional que reciben los demás trabajadores y trabajadoras en materia salarial y de seguridad social.
La ITF y la ETF están al frente de la campaña transnacional que pretende limpiar el modelo de negocio de Ryanair, reivindicando que todos sus trabajadores y trabajadoras disfruten de derechos sindicales y de una remuneración y condiciones laborales justas. Felicitamos a las tripulaciones radicadas en Bélgica y a nuestra afiliada CNE/LBC por su victoria en los tribunales. Ahora esperamos que Ryanair cumpla esta sentencia en todas las jurisdicciones en las que tiene personal.
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