La “cláusula portuaria” de la ITF entra hoy en vigor en Canadá y Europa. Mucho se ha dicho sobre esta cláusula, pero vale la pena reexaminar de qué trata exactamente y qué significa para los sindicatos de portuarios afiliados a la ITF.
Empecemos desde el comienzo:
- En virtud de la política de la ITF, los sindicatos de marinos afiliados tienen derecho a firmar los denominados “acuerdos de la ITF” sobre buques de banderas de conveniencia que están registrados en sus países. Estos acuerdos colectivos amparan a los marinos que trabajan a bordo y deben ajustarse a determinados principios para poder ser aprobados como acuerdos colectivos de la ITF.
- Estos acuerdos se negocian con los representantes marítimos del Consejo Internacional de Empleadores Marítimos (IMEC). Los afiliados a la ITF y el Secretariado de la ITF constituyen un comité de negociación. Juntos, el comité de la ITF y el IMEC negocian en lo que se conoce como el Foro Internacional de Negociación (IBF). El comité de la ITF sigue las instrucciones de negociación de los sindicatos de marinos y portuarios afiliados.
- Tras una campaña de cinco años llevada a cabo por la ITF para reclamar la trinca para los trabajadores portuarios, la ITF y el Grupo Mixto de Negociación (JNG) aprobaron entre el 19 y el 22 de febrero de 2018 los términos del nuevo Acuerdo del IBF, que incluían una cláusula portuaria revisada y el nuevo procedimiento de implantación que aclara el derecho de los portuarios a reivindicar y llevar a cabo la trinca y otros servicios de manipulación de la carga en los puertos.
- La cláusula enmendada entró en vigor a escala mundial en febrero de 2018, con dos excepciones: Europa y Canadá. Se acordó que la nueva cláusula entraría en vigor en esas jurisdicciones el 1 de enero de 2020, lo cual permitiría a los operadores de las terminales, las compañías navieras y, en particular, los servicios de enlace realizar los ajustes necesarios.
Después de una larga espera, el 2020 ha llegado.
Echemos un vistazo a lo que realmente se establece en la cláusula:
Ni los marinos ni ninguna otra persona a bordo, ya sea contratada de forma permanente o provisional por la Compañía, prestarán servicios de manipulación de la carga en un puerto, en una terminal o a bordo de un buque donde prestan servicios de manipulación de la carga portuarios miembros de un sindicato afiliado a la ITF. En caso de que no haber un número suficiente de portuarios cualificados disponibles, la tripulación del buque podrá realizar la labor, siempre y cuando exista un consentimiento previo del sindicato de portuarios de la ITF o de los sindicatos de la ITF en cuestión, y siempre y cuando los marinos se ofrezcan como voluntarios para desempeñar dichas funciones, estén cualificados para realizar esa labor y sean debidamente recompensados por ella. A los efectos de esta cláusula, los «servicios de manipulación de la carga» podrán incluir —sin que la enumeración sea exhaustiva— el embarque, el desembarque, la trinca, la destrinca, la revisión y la recepción.
La cláusula portuaria se aplica a todas las tripulaciones de buques amparadas por los CNC de la ITF (casi 15.000 a escala mundial) y los sindicatos de la Sección Portuaria de la ITF que reivindican o reclaman la trinca a nivel mundial.
Esta cláusula constituye una mejora importante —obtenida con gran esfuerzo— de la redacción existente, negociada a instancias de los sindicatos afiliados a la Sección Portuaria de la ITF. Y con razón.
La cláusula representa un reconocimiento de la importancia de contar con portuarios formados, con experiencia, que lleven a cabo este peligroso trabajo. La nueva cláusula pondrá fin al problema de que los marinos fatigados realicen la trinca, en particular en los servicios de enlace en Europa. Es una victoria tanto para los marinos como para los portuarios en un entorno en el que algunos propietarios de buques continúan explotando a ambos grupos.
A medida que avanzamos hacia un futuro incierto de automatización y lucha continua por la jurisdicción, declaramos en voz alta que la trinca es trabajo de portuarios. Prevemos encontrar algunas dificultades en nuestras respectivas campañas nacionales para reivindicar la trinca, pero la ITF y sus organizaciones afiliadas están comprometidas con esta lucha, cuyo único resultado aceptable será la victoria.
Ya se ha dado inicio a la labor en los afiliados portuarios en Europa y en el Puerto de Montreal (Canadá), y los inspectores de la ITF están comprometidos a apoyar la aplicación de la cláusula.
Si ve a marinos realizando tareas que corresponden a los portuarios, o un buque que llega con la carga sin trincar, informe a sus representantes sindicales y al inspector local de la ITF; todos los inspectores están formados para resolver la cuestión y defender la jurisdicción de los portuarios en materia de trinca.
Juntos aseguraremos nuestro trabajo, nuestros muelles y la carga del mundo. Los portuarios hacen el trabajo pesado a nivel mundial.
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